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¿Qué es la teoría clásica y neoclásica de Hugo?

Hugo Grocio (1583-1645), jurista, filósofo y diplomático holandés, hizo importantes contribuciones a la fundación y desarrollo del derecho internacional. Sus destacadas teorías sobre el derecho natural y el derecho de gentes, también conocidas como "teoría clásica y neoclásica de Hugo", allanaron el camino para la estructura y los principios contemporáneos del derecho internacional. Estos son los puntos principales de las teorías de Grocio:

1. Teoría de la Ley Natural:

- Grocio abogó por una ley natural secular, universal y racional que trascienda las fronteras nacionales.

- Según su teoría, el derecho natural se deriva de la razón humana y de los principios éticos inherentes a la naturaleza humana.

- Sostuvo que incluso en ausencia de leyes positivas, los individuos y las naciones tienen derechos y obligaciones inherentes.

2. La Libertad de los Mares:

- Grocio cuestionó la doctrina predominante del mare clausum (mares cerrados) reclamada por las naciones europeas.

- Desarrolló el concepto de mare liberum (mar abierto), postulando que los mares deberían ser accesibles a todas las naciones para el comercio y la navegación, ya que no están sujetos a la soberanía de ningún país.

3. Derecho de paso:

- Grocio reconoció que las naciones podían poseer aguas territoriales, pero afirmó el derecho de paso inocente a través de estas aguas.

- El paso inocente se refiere a la libertad de los barcos de navegar por las aguas de otra nación con fines no hostiles sin causar daño o perturbación al estado ribereño.

4. Teoría de la guerra justa:

- Grocio desarrolló la teoría de la guerra justa, delineando las condiciones bajo las cuales el uso de la fuerza es permisible.

- Subrayó que la guerra debe ser el último recurso y debe hacerse por una causa justa, con una autoridad legítima y con medios proporcionados y necesarios.

5. Derecho de los Tratados:

- Grocio contribuyó al desarrollo del derecho de los tratados, afirmando que los tratados son jurídicamente vinculantes y deben observarse de buena fe.

- Destacó la importancia del pacta sunt servanda (los acuerdos deben mantenerse) como principio fundamental del derecho internacional.

6. Igualdad soberana de los Estados:

- Grocio promovió la idea de la igualdad de los estados soberanos, independientemente de su tamaño, poder o sistema político.

- Sostuvo que todos los estados tienen derechos y obligaciones inherentes y deben ser tratados como iguales ante el derecho internacional.

7. Influencia en el Derecho Internacional Moderno:

- Las teorías de Grocio sentaron las bases del concepto moderno de soberanía, derechos territoriales y resolución pacífica de disputas mediante la diplomacia y la negociación.

- Su trabajo proporcionó una base teórica para el desarrollo del derecho internacional como un campo distinto de estudio y práctica e influyó en los escritos de juristas y filósofos posteriores.

8. Teoría neoclásica:

- El término "neoclásico" en este contexto no se utiliza comúnmente para describir las teorías de Grocio. Se asocia más frecuentemente con desarrollos posteriores en el campo de la economía.

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