Antecedentes:
A finales del siglo XIX y principios del XX, la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (Iglesia SUD), comúnmente conocida como la Iglesia Mormona, practicaba la poligamia como parte de sus creencias religiosas. Sin embargo, el gobierno estadounidense comenzó a cuestionar y perseguir las prácticas polígamas, considerándolas una violación de las leyes federales contra la bigamia. Varios líderes y seguidores mormones enfrentaron desafíos legales y procesos penales.
El caso:
En 1931, dos familias mormonas polígamas, William Marbury Hill y sus tres esposas, y Alma A. Waxberg y sus tres esposas, impugnaron sus condenas por practicar la poligamia en el tribunal de distrito federal de Utah. Los polígamos sostuvieron que sus creencias religiosas protegían sus acciones bajo la Primera Enmienda, que garantiza el libre ejercicio de la religión. Argumentaron que el gobierno estaba infringiendo sus derechos religiosos al procesarlos.
Decisión de la Corte Suprema:
El caso finalmente llegó a la Corte Suprema. En una decisión de 6-3, la Corte Suprema falló en contra de los polígamos. El juez Benjamín N. Cardozo redactó la opinión mayoritaria, que rechazó el argumento de que el libre ejercicio de la religión protegía a las personas de procesos penales por violar las leyes generalmente aplicables. El Tribunal sostuvo que el interés del gobierno en mantener el orden social y la moral pública justificaba la restricción de la poligamia, a pesar de su importancia religiosa para ciertas personas.
Puntos clave:
1. Libre ejercicio de la religión: La Corte Suprema reconoció la importancia de la libertad religiosa y la protección de las prácticas religiosas bajo la Primera Enmienda. Sin embargo, la Corte aclaró que la libertad religiosa no es absoluta y puede limitarse cuando entra en conflicto con otros intereses estatales imperiosos.
2. Interés estatal imperioso: El Tribunal determinó que el interés del gobierno en proteger el orden social y prevenir daños a la sociedad justificaba la prohibición de la poligamia. Argumentó que la poligamia tenía posibles impactos sociales negativos, incluida la inestabilidad social y la explotación de las mujeres.
3. Jerarquía de Leyes: El Tribunal Supremo estableció que las leyes penales de aplicación general, como la prohibición de la poligamia, tienen prioridad sobre las prácticas religiosas cuando hay un conflicto entre ambas. Las personas no pueden reclamar exenciones religiosas para escapar de la responsabilidad penal por violar leyes que son válidas y aplicables a todos.
4. Opiniones disidentes: Tres magistrados discreparon de la opinión mayoritaria. Expresaron su preocupación por la interferencia del gobierno en las prácticas religiosas y argumentaron que el Estado no había mostrado un interés suficiente para justificar la infracción de la libertad religiosa en este caso.
La decisión Hill contra Waxberg marcó un importante punto de inflexión en el tratamiento legal de las prácticas religiosas en los Estados Unidos. Estableció que el libre ejercicio de la religión no otorga inmunidad frente a procesos penales y reafirmó la autoridad del gobierno para regular la conducta en interés del orden público, incluso cuando dicha conducta tenga motivaciones religiosas.